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Normativa y plazos

Qué cambia, cuándo, y para quién.

El cuaderno de explotación lleva años siendo obligatorio en papel. Lo que cambia ahora es el soporte: electrónico, con un formato único y con la administración leyéndolo directamente. Este es el calendario, con la fuente de cada fecha.

Calendario

Cuatro fechas, en el orden en que llegan.

Ya en vigor 01·09·2026

Plan de abonado obligatorio

El caso general del Real Decreto de nutrición sostenible exige un plan de abonado por explotación, con las aportaciones registradas.

RD 1051/2022
Último día del papel 31·12·2026

El cuaderno en papel deja de valer

Hasta esa fecha se admite el registro de tratamientos en soporte papel. Lo registrado hasta entonces hay que conservarlo igualmente.

RD 1039/2025, d. f. 1.ª
Obligación clave · faltan 120 días 01·01·2027

Registro electrónico de tratamientos

Los tratamientos fitosanitarios se registran obligatoriamente en soporte electrónico. Sustituye a la fecha de enero de 2026 que preveía el RD 34/2025.

RD 1039/2025 · BOE-A-2025-23421
Próximo periodo PAC CUE

Cuaderno Único Electrónico completo

Voluntario hasta el próximo periodo de programación de la PAC. Alcanza a explotaciones desde 30 ha, 5 ha de regadío o 0,1 ha de invernadero.

RD 1054/2022 · RD 34/2025
El sistema

SIEX, REA y CUE: tres siglas que son una sola cosa.

El Sistema de Información de Explotaciones agrícolas y ganaderas (SIEX) lo crea el Real Decreto 1054/2022. Dentro de él conviven dos registros: el Registro de Explotaciones (REA), que lo aporta la administración con los datos que ya tiene del titular, y el Cuaderno de Explotación (CUE), que lo aporta el agricultor con lo que hace en la parcela.

El FEGA publica la definición técnica de ambos en el Anexo V «Definición de variables». La versión vigente es la 3.11, publicada el 20 de noviembre de 2025 con corrección de errores. El CUE de esa versión tiene 301 variables, 178 de ellas obligatorias, repartidas en trece bloques.

El cuaderno comercial que usa el agricultor no se inventa su formato: genera el CUE tal como lo define el Anexo V, con los catálogos SIEX del FEGA (cultivos, productos, plagas, unidades) y lo entrega a la comunidad autónoma, que es quien lo intercambia con el FEGA.

Los trece bloques del CUE

Cada bloque agrupa las variables de un tipo de actuación. Lo que sigue es el índice real del Anexo V v3.11 y lo que el Cuaderno de Campo registra en cada uno.

BloqueContenido según el Anexo VQué registra el Cuaderno de Campo
1Tratamientos fitosanitarios no vinculados a la superficie: 1.1 medidas preventivas y culturales (GIP), 1.2 post-cosecha, 1.3 edificaciones e instalaciones, 1.4 tratamiento de semillasCada uno tiene su pantalla; el producto tratado post-cosecha se enlaza al lote y al cultivo de origen.
1 bisNo existe en el CUETratamientos en medios de transporte, que la trazabilidad del hortofrutícola sí exige. Se registra aunque el CUE no lo pida.
2Energía utilizadaConsumo por explotación y ejercicio, con unidad y origen.
3Cosecha comercializada y/o venta directaDestino del producto; el vale de cosecha de la cooperativa enlazado al lote y al recinto.
4Datos editables del REALo que el titular puede corregir de su Registro de Explotaciones.
5Labores culturalesOperación, fecha, recinto, maquinaria y anchura de trabajo.
6Siembra / plantaciónVariedad, dosis, marco y categoría de la semilla según catálogo SIEX.
7Cubierta del sueloTipo de cubierta, fechas de implantación y eliminación, superficie.
8Tratamientos fitosanitarios. Actuaciones fitosanitariasProducto con número de registro, materia activa, dosis, plaga del registro oficial, aplicador con carné y equipo. Plazo de seguridad calculado.
9FertilizaciónPlan de abonado por unidad homogénea de cultivo, aportaciones y techo de nitrógeno en zonas vulnerables.
10RiegoVolumen, sistema, origen del agua y punto de captación.
11Cosecha / recolección / siegaProducción por recinto y fecha.
12PastoreoEspecie, carga ganadera y periodo.
13Analíticas en caso de haberse realizadoAnalítica de suelo, agua o material vegetal, con fecha y resultado.

Quién está obligado a qué

Conviene separar dos obligaciones que suelen mezclarse:

  • Registrar los tratamientos fitosanitarios lo debe hacer todo el que los aplique, y desde el 1 de enero de 2027 en soporte electrónico (RD 1039/2025). Esto no depende del tamaño de la explotación.
  • Llevar el CUE completo (los trece bloques) es voluntario hasta el próximo periodo de programación de la PAC, y cuando sea exigible alcanzará a las explotaciones desde 30 hectáreas, 5 hectáreas de regadío o 0,1 hectáreas de invernadero (RD 34/2025).
  • El plan de abonado es exigible desde el 1 de septiembre de 2026 para el caso general del RD 1051/2022 de nutrición sostenible de los suelos agrarios.
Un Excel cumple el primer punto solo en apariencia: el registro debe poder entregarse en el formato que pida la comunidad autónoma, y el histórico del ejercicio hay que tenerlo entero. Quien llegue a enero de 2027 con las hojas de 2026 sin pasar, llega tarde.

El cuaderno comercial: Orden APA/204/2023

La Orden APA/204/2023 fija lo que un cuaderno de explotación comercial debe poder registrar y entregar al titular: los campos del Anexo II, con su Bloque I (tratamientos fuera de la parcela, valoración anual de la gestión integrada de plagas) y su Bloque II. El Cuaderno de Campo está construido sobre ese contrato y sobre el Anexo V del FEGA; cuando uno de los dos cambia de versión, el producto se actualiza con él.

El modelo estatal y los autonómicos

Desde 2013 existe un modelo estatal de cuaderno de explotación, aprobado por el Comité Fitosanitario Nacional sobre el RD 1311/2012 y la Orden APA/326/2007. Varias comunidades publican una copia y otras un modelo propio. Ese modelo es una ayuda para cumplir, no el formato exigible: lo exigible es el contenido registrado, y en soporte electrónico desde 2027. El Cuaderno de Campo genera el cuaderno completo en PDF para quien necesite verlo impreso, y el CUE para quien tenga que intercambiarlo.

Resumen orientativo elaborado por SB Software a partir del BOE y de la documentación del FEGA (Anexo V v3.11). Ante cualquier discrepancia prevalece el texto de la norma y las instrucciones de la comunidad autónoma competente.

Siguiente paso

Llegue a enero con el ejercicio entero registrado.

Cargamos su declaración PAC, sus parcelas y sus productos habituales. El histórico de 2026 puede importarse para que el cuaderno electrónico no empiece en blanco.

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